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Mensaje de: Pacosan Hora: 06/11/2025 22:27:19
al final los resultados no se sabe oficialmente cuando son.no?
al final los resultados no se sabe oficialmente cuando son.no?
Pues no Paco. Siempre hay alguien que pregunta y le contestan pero esta vez nadie ha debido preguntar.
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Pero vamos a ver, un poco de perspectiva. A finales de julio ( o junio, no recuerdo bien ) esto estaba a 29. Ha llegado a tocar los 49 y estamos a 6 de noviembre en 41. Pues ni tan mal en el corto plazo. Estimo esto como una corrección. Como decía el gran Paco Flores , ex-jugador del Español y ex-entrenador del Zaragoza al que se le acusaba de que sus equipos practicaban un fútbol feo, mecánico, de mucho sufrimiento : " el que se quiera divertir que vaya al circo ". Pues eso.
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Mensaje de: Chem Hora: 06/11/2025 0:10:40
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
También entender la mecánica de los sinónimos.
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Mensaje de: Chem Hora: 06/11/2025 0:10:40
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
Si te hablan del final del ejercicio y el 31 de diciembre es el último día hábil se sobreentiende que el 31 es el final del ejercicio. ¿ O hay que ponerlo explícitamente ? ¿ O 31 de diciembre no es final del ejercicio ?. No hay que marear la perdiz y sí entender la semántica, pero vamos, no hay que darle más vueltas, si uno necesita aclaraciones se dirige a la Agencia Tributaria y te lo aclaran pero ya.

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Mensaje de: Chem Hora: 06/11/2025 0:10:40
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
Puedes no respetar los dos meses sin comprar y desgravarte las pérdidas si a 31 de diciembre no tien..........
La norma dice al finalizar el ejercicio. Yo digo el 31 porque es el último día hábil, es el día que finaliza el ejercicio, pero evidentemente puedes haber vendido cualquier día antes del día 31 y no tener ya ninguna acción en cartera del valor concernido cuando llega el 31. Luego durante enero y febrero del año siguiente no debes comprar ese mismo valor si quieres llevar las pérdidas a la declaración del año anterior. Y sí, la información de los movimientos que haces en enero y febrero la tienen también cuando ya hacen la inspección, si es que la hacen. Pero vamos , no hace falta romperse los cascos, se consulta en cualquier oficina de la Agencia Tributaria y te lo aclaran en el momento.
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Mensaje de: Chem Hora: 05/11/2025 22:52:27
Los gaps no tienen porque cerrarse obligatoriamente Carlos. Eso no es un dogma del análisis técnico...........
Los gaps no tienen porque cerrarse obligatoriamente Carlos. Eso no es un dogma del análisis técnico...........
Los de arriba los puede cerrar mañana mismo por mí, y todos de golpe, pero tendría que pasar algo gordísimo e irracional. Que vengan los chinos desatados o un segundo Torras Hostench de los ochenta del siglo pasado, pero esto son fantasías.
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Mensaje de: Chem Hora: 05/11/2025 22:52:27
Los gaps no tienen porque cerrarse obligatoriamente Carlos. Eso no es un dogma del análisis técnico...........
Los gaps no tienen porque cerrarse obligatoriamente Carlos. Eso no es un dogma del análisis técnico...........
No Paco. Los dos últimos, los más bajos no los ha cerrado totalmente. El de 31"25 le faltó muy poco pero no lo cerró totalmente. El de más abajo , de 23-24, no lo ha cerrado en absoluto, en su totalidad, y ( salvo catástrofe mundial ) ni este ni el otro citado los cerrará ya. Consulta el gráfico.
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